SUBVENCIONES PARA RENOVABLES
Mediante el Real Decreto 477/2021 del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado mediante la modificación correspondiente.
- Atendiendo al cumplimiento del Artículo 10.9 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, se destinarán los importes siguientes a cada uno de los 6 programas:
- Programa de incentivos 1 – realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovables, en el sector servicios, con o sin almacenamiento:
- Categoría Autoconsumo renovable: 21.180.469,9 euros.
- Categoría Almacenamiento: 4.236.093,8 euros.
- Programa de incentivos 2 – realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento:
- Categoría Autoconsumo renovable: 12.482.530,4 euros.
- Categoría Almacenamiento: 2.467.416,2 euros.
- Programa de incentivos 3 – incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos: 5.804.627,4 euros.
- Programa de incentivos 4 – realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento:
- Categoría Autoconsumo renovable: 25.283.233,5 € euros.
- Categoría Almacenamiento: 1.986.842,3 euros.
- Programa de incentivos 5 – incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector: 662.281,1 euros.
- Programa de incentivos 6 – realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial: 13.245.616,7 euros.
En virtud de lo establecido en el Artículo 10.3 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, el presupuesto de cada uno de los programas de incentivos, podrá ser ampliado, en su totalidad o por cada categoría, en su caso, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, con fondos que provengan de los Presupuestos Generales del Estado, como de otros orígenes, siempre que hayan sido transferidos del IDAE a la Comunidad de Madrid.
Tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, podrán incorporarse remanentes a los programas y, en su caso, categorías, según lo indicado en el Real Decreto 477/2021.
Actuaciones subvencionables.
Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación, que deberán cumplir los requisitos que se establecen en el Anexo I del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, y se corresponden, respectivamente, con los programas de incentivos que seguidamente se especifican:
- Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
- Programa de incentivos 4: realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 5: incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
- Programa de incentivos 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
En cualquiera de los programas citados en el apartado anterior, se requerirá que la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad de Madrid.
Las ayudas de los programas de incentivos de la presente convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Según se vayan agotando los fondos se entrará en lista de espera hasta que se inyecte nuevo capital.
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