Conoce quién está obligado a limpiar la nieve de las aceras y lo que establece la ley

Las fuertes nevadas que ha dejado Filomena, tres veces más potente de los previsto, ha hecho estragos en la Comunidad de Madrid. Ha dejado estampas idílicas, pero también situaciones que no habíamos vivido nunca como la primera vez que ha cerrado Mercamadrid en la historia.  A parte del cierre de este macromercado, se ha producido desabastecimiento ya que los camiones y los trabajadores no podían y todavía en algunas zonas aun no pueden, llegar a los supermercados o a las pequeñas tiendas.

Filomena, seguido de las heladas continuas ha dejado un panorama complicado en nuestras calles por la falta de movilidad y de recursos del estado, que no llegan a todos los rincones y que ha generado un polémico debate entre algunos barrios, e incluso entre algunos vecinos, que vamos a intentar resolver.

¿Quién está obligado a limpiar la nieve y el hielo de las aceras?

Pues todo varía dependiendo de la ordenanza municipal de cada Ayuntamiento. En nuestro caso la Comunidad de Madrid, una de las ciudades más afectadas por Filomena, la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos (adoptada el pasado 27 de febrero de 2009) afirmaba que todas las personas físicas y jurídicas están «obligadas» al cumplimiento de las obligaciones en materia de limpieza general y mantenimiento de los lugares públicos.

Pues todo varía dependiendo de la ordenanza municipal de cada Ayuntamiento. En nuestro caso la Comunidad de Madrid, una de las ciudades más afectadas por Filomena, la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos (adoptada el pasado 27 de febrero de 2009) afirmaba que todas las personas físicas y jurídicas están «obligadas» al cumplimiento de las obligaciones en materia de limpieza general y mantenimiento de los lugares públicos.

Así, en el caso de nevada, la Ordenanza de Madrid recogía en su artículo 10 el «deber de colaboración ciudadana», por el que las personas que habitan las fincas urbanas y las que tengan a su cargo la limpieza de edificios públicos y otros establecimientos son los que deben colaborar en la limpieza de hielo y nieve de las aceras.

Dicha limpieza de aceras debía realizarse en la longitud correspondiente a su fachada, y en una anchura mínima de dos metros. Si la acera fuera de mayor ancho, se debería depositar la nieve o hielo a lo largo del borde de la acera.

Pero este artículo quedó anulado, tal y como indica la misma ordenanza, citamos textualmente:

(Artículo 10 anulado según Sentencia número 1.225 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de junio de 2010 y Sentencia de la Sección Cuarta, Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2012)

Por lo tanto, corresponde al Ayuntamiento, proceder a la limpieza, eso sí, siempre y cuando no saque una normativa urgente por circunstancias urgentes.

Desde aquí, a pesar de que no sea obligatorio, siempre nos hemos caracterizado por ser un país y una ciudad solidaria, así que aplaudimos toda la colaboración y grupos de que se han unido para ayudar en esta tarea.

La labor de porteros y conserjes

En el caso de que una propiedad o urbanización cuente con un portero o conserje, también será tarea de éste llevar a cabo esta actuación de limpieza de hielo y nieve «en la vía pública, entrada a portales o rampas de garaje, así como demás elementos comunes del inmueble que tengan acceso por espacio común», así lo indica el punto 1 del artículo 17 del convenio de empleados de Fincas Urbanas de Madrid, que puedes consultar en el siguiente enlace.