PERIODICIDAD LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN PISCINAS
Ante la diferencia de criterios creada en relación a la periodicidad en la limpieza y desinfección de las piscinas de las comunidades de propietarios, CAFMadrid elevó una consulta a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Esta Consejería, en su respuesta a este colegio (pincha aquí) a modo de resumen señala lo siguiente:
“(…) Respecto a la periodicidad de la limpieza y desinfección, el citado apartado Duodécimo 2 a), establece que, “deberá asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso”.
Consecuentemente, deberá realizarse limpieza y desinfección antes de la apertura de la instalación y posteriormente, en función de la afluencia de usuarios y la intensidad de uso, de forma que se cumpla con el Decreto 80/1998, Capitulo X “Condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas”, que en su artículo 29, establece que, “Todas las instalaciones y equipamientos deberán encontrarse en perfecto estado higiénico-sanitario y de conservación”.
EN CONSECUENCIA, LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DEBERÁN REALIZAR UNA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DIARIA DE LA PISCINA ANTES DE SU APERTURA Y POSTERIORMENTE SEGÚN LA AFLUENCIA DE USUARIOS Y USO.
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