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NUEVAS TARIFAS TUR PARA EL TERCER TRIMESTRE DE 2024


Después de que el Consejo de Ministros aprobara el 26 de junio la prórroga con carácter indefinido de las tarifas TUR para las Comunidades de Propietarios, el sábado 29 de junio se publicó en el BOE la Resolución de 27 de junio, en donde se fijaban las nuevas tarifas que entraban en vigor a partir del día 1 de julio y serán válidas hasta el 30 de septiembre. Pulsa aquí para acceder.

Los precios sin impuestos de la tarifa de último recurso de gas natural para la TUR 1, TUR 2 y TUR 3 en vigor desde las 0:00 horas del día 1 de julio del 2024 serán los últimos que aparecen  reflejados en la Resolución del 26 de marzo de 2024 publicada en el BOE el 29 de marzo (Pulsar aquí)  ya que no se ha producido una variación al alza o la baja superior al 2% en los costes de la materia prima.

Los precios, sin impuestos, de las restantes tarifas de último recurso en vigor a partir de las 0:00 h del 1 de julio de 2024 serán las siguientes:

 

 Tarifa
Término fijoTérmino variable
€/mescent€/Kwh
TUR 4Consumo superior a 50.000 Kw/año e inferior o igual a 300.000 Kw/año42, 704,095351
TUR 5Consumo superior a 300.000 Kw/año e inferior o igual a 1.500.000 Kw/año160, 394,002228
TUR 6Consumo superior a 1.500.000 Kw/año e inferior o igual a 5.000.000 Kw/año924,303,383424
TUR 7Consumo superior a 5.000.000 Kw/año e inferior o igual a 15.000.000 Kw/año2,845,162,980300
TUR 8Consumo superior a 15.000.000 Kw/año e inferior o igual a 50.000.000 Kw/año4.721,482,957707
TUR 9Consumo superior a 50.000.000 Kw/año e inferior o igual a 150.000.000 Kw/año8.099,562,936533
TUR 10Consumo superior a 150.000.000 Kw/año e inferior o igual a 500.000.000 Kw/año19.759,432,927921
TUR 11Consumo superior a 500.000.000 Kw/año149.120,182,898034

 

Conviene recordar que, según se indica en la Disposición Transitoria Única del Real Decreto Ley 4/2024 de 27 de junio, los sujetos que durante el año 2024 hubieran estado acogidos a la mencionada tarifa de último recurso de gas natural aplicable temporalmente a las comunidades de propietarios de hogares, que hubieran firmado un nuevo contrato de suministro con una comercializadora libre, con entrada en vigor después del 30 de abril de 2024 y que en un plazo de 30 días naturales desde la entrada en vigor de esta disposición se acojan a la tarifa de último recurso, podrán rescindir su contrato actual sin penalización.

Además, en el artículo 25 del citado Real Decreto Ley 4/2024 de 27 de junio se indica que:  

8.- Se habilita al Gobierno a modificar los requisitos de aplicación de la tarifa en función de las condiciones de mercado.

Esta habilitación elimina el tope del 5% de subida trimestral que estaba fijado por el Gobierno. A partir de ahora, la subida o bajada del precio del gas dependerá de las condiciones de mercado, pudiendo ser mayor o menor que el 5% fijado en los últimos trimestres.