NUEVAS BASES DE COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL


El Gobierno ha publicado la Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las previsiones legales en materia de cotizaciones sociales para el ejercicio 2022. Puedes consultar el texto completo pulsando aquí.

Las bases y tipos de cotización en 2022 a la Seguridad Social, que estarán vigentes desde el 1 de enero de 2022, se han adaptado a la última subida del SMI de 100 euros al mes ( 14.000 euros en cómputo anual).

Respecto a las bases máximas para 2022 quedan fijadas en 4.139,40 € mensuales o 137,98 € diarios.

Desde el 1 de enero de 2022, las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, serán equivalentes al SMI vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba el trabajador.

En ningún caso podrá ser inferior a 1.166,70 € mensuales. 

Grupo de cotización

Categoría

Base Mínima

Base Máxima

1

Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 c de ET   

1.629,30 €

4.139,40 €

2

Ingenieros, Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados

1.351,20 €

4.139,40 €

3

Jefes Administrativos y de taller

1.175,40 €

4.139,40 €

4

Ayudantes no titulados

1.166,70 €

4.139,40 €

5

Oficiales Administrativos

1.166,70 €

4.139,40 €

6

Subalternos

1.166,70 €

4.139,40 €

7

Auxiliares Administrativos

1.166,70 €

4.139,40 €

 

Las bases mínimas para las categorías de oficiales de primera, segunda, tercera, peones, y trabajadores menores de 18 años coincidirían con las siguientes:

  • Bases mínimas diarias durante 2022: 38,89 euros.
  • Bases máximas diarias durante 2022: 137,98 euros.

Los contratos de duración determinada por tiempo inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario que tendrá que ser abonada a su finalización, y que tendrá un importe de 27,53 €.  

En cuanto a los tipos de cotización aplicables, no han sufrido variación:

Contingencias

Empresa

Trabajadores

Total

Comunes

23,60

4,70

28,30

Horas Extraordinarias de Fuerza Mayor   

12,00

2,00

14,00

Resto Horas Extraordinarias

23,60

4,70

28,30

 

Desempleo

Empresa

Trabajadores

Total

Tipo General

5,50

1,55

7,05

Contrato duración determinada tiempo completo   

6,70

1,60

8,30

Contrato duración determinada tiempo parcial

6,70

1,60

8,30

 

FOGASA

 

Empresa

0,20

Trabajador

 –

Total

0,20

 

Formación Profesional

 

Empresa

0,60

Trabajador

0,10

Total

0,70

 

En la TGSS nos comunican que por el momento, no se ha comunicado si hay que proceder a rectificar las liquidaciones con carácter retroactivo, en caso de estar por debajo de las bases mínimas, o bien esto será efectuado de oficio por la Seguridad Social, notificando al interesado, por lo que estaremos al espera de la información correspondiente.