DEDUCCIONES EN LA CUOTA DEL IRPF POR OBRAS EN VIVIENDAS Y ZONAS COMUNES
Iniciada la campaña del IRPF, queremos aclarar las posibles deducciones por IRPF que existen en este ejercicio, en el cual podemos deducirnos por tres tipos de obras tanto en viviendas como en zonas comunes:
1º Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.
Base: el importe de las obras, con el límite de 5.000€.
Deducción: el 20%.
Obras: en viviendas (habitual o alquilada) que reduzca el consumo de calefacción o refrigeración en un 7% o más.
Requisitos: viviendas no afectas a actividad, excluidos garajes, trasteros jardines, etc.
Debe estar certificada la mejora por técnico (dos certificados previo y posterior). El certificado posterior debe estar expedido antes del 1 de enero de 2024.
Ejercicio: Se aplica la deducción en el ejercicio en el que se expida el certificado posterior.
2º Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable.
Base: el importe de las obras, con el límite de 7.500€.
Deducción: el 40%.
Obras: en viviendas (habitual o alquilada) que reduzca al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A ó B en la misma escala de clasificación.
Requisitos: viviendas no afectas a actividad, excluidos garajes, trasteros jardines, etc.
Debe estar certificada la mejora por técnico (dos certificados previo y posterior). El certificado posterior debe estar expedido antes del 1 de enero de 2024.
Ejercicio: Se aplica la deducción en el ejercicio en el que se expida el certificado posterior.
3º Deducción por obras de rehabilitación energética.
Base: el importe de las obras, con el límite de 5.000€ anuales, el exceso 4 años con el límite conjunto de 15.000.
Deducción: el 60%.
Inmuebles: en viviendas, plazas de garajes y trasteros que se encuentren en edificios de uso predominante residencial, excluidas las afectas a una actividad.
Obras: aquellas que reduzca al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A ó B en la misma escala de clasificación.
Requisitos: Obras concluidas antes de 31 de diciembre de 2024.
Debe estar certificada la mejora por técnico (dos certificados previo y posterior). El certificado posterior debe estar expedido antes del 1 de enero de 2025.
Ejercicio: Se aplica la deducción en el ejercicio en el que se expida el certificado posterior.
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