AYUDAS PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES CAM


El pasado 25 de octubre se ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes de Ayudas para la mejora de la accesibilidad en edificios y viviendas residenciales previstas en la Orden 3607/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan para el año 2022 ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022.

Descripción

Ayudas al fomento de la mejora de la accesibilidad, tanto en el medio urbano como rural, en edificios y viviendas residenciales, impulsando la implementación de ascensores en aquellas edificaciones que lo necesitan, así  como otras actuaciones vinculadas a la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, con especial atención a las personas con discapacidad.

Plazo de presentación de solicitudes

Fecha de Inicio: 25/10/2022

Fecha de fin: 31/01/2023

Destinatarios

  1. Propietarios de viviendas unifamiliares y edificios y  propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
  2. Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
  3. Sociedades cooperativas compuestas por propietarios de edificios o viviendas.
  4. Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato con la propiedad que les faculte para acometer las obras de rehabilitación.
  5. Administraciones Públicas.

Requisitos de los edificios/viviendas

  1. Estar finalizadas antes de 2006, acreditado mediante consulta descriptiva de los datos catastrales, nota simple o escritura.
  2. Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas, acreditado mediante volante de empadronamiento en vigor.
  3. Disponer de Informe de evaluación de edificio IEE, con el contenido y documentos suscrito por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico), que acredite la procedencia de la actuación, de fecha anterior a la solicitud de la ayuda.
  4. Para la obtención de estas ayudas se requiere que se aporte el proyecto de las actuaciones a realizar. En el caso de que no sea exigible este proyecto, será necesario justificar en una memoria técnica suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación propuesta al informe de evaluación de edificio, al Código Técnico de la Edificación y sus documentos de apoyo, y demás normativa de aplicación.

Para ampliar la información e incluso tramitar las solicitudes acceder a la siguiente dirección:

https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-accesibilidad-viviendas