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CUADRANTE DE INSPECCIONES OBLIGATORIAS EN EDIFICIOS. ACTUALIZADO A MAYO DE 2025
Sencillo cuadrante para tener vigiladas las inspecciones en los edificios
ÁREA INDUSTRIAL – INSPECCIONES PERIÓDICAS
⚡ Eléctrica
Cada 10 años
Edificios con > 16 viviendas/locales
Potencia instalada > 100 kW
Cada 5 años
Garajes con > 24 plazas
Piscinas con potencia > 10 kW
Alumbrado exterior con potencia > 5 kW
🛗 Ascensores
Cada 2 años
Edificios industriales y de pública concurrencia
Cada 4 años
Edificios con > 20 viviendas o > 4 plantas
Cada 6 años
Resto de edificios
Cambio de empresa de mantenimiento
Todos los ascensores
🌡️ Eficiencia Energética
Cada 4 años
Calefacción centralizada > 70 kW (gas o renovable)
Cada 2 años
Calefacción > 70 kW (otros combustibles)
Refrigeración > 70 kW
Cada 12 años
Control general de inspección
🔥 Protección Contra Incendios
Cada 10 años
Garajes > 500 m²
Zonas de riesgo alto:
Calderas > 600 kW
Trasteros > 500 m²
🛢️ Depósitos de Gasoil
Cada 10 años
Interior: 1.000–3.000 L
Exterior: 1.000–5.000 L
Cada 5 años
Interior > 3.000 L
Exterior > 5.000 L
Tanques enterrados de pared simple
🔧 Instalaciones de Gas
Cada 5 años
Instalaciones comunes
Instalaciones interiores
ÁREA ARQUITECTURA – INSPECCIONES DE EDIFICIOS
🧱 ITE – Inspección Técnica del Edificio
Cada 10 años
Edificios con > 30 años (a partir del año siguiente)
🧾 IEE – Informe de Evaluación del Edificio
Cada 10 años
Edificios de viviendas colectivas
A los 50 años (dentro de los 5 años siguientes)
(1) Según se indica en el REBT (ITC-BT 05) y Resolución de Industria del 12/07/2012 y Decreto 17/2019.
(2) Según se indica en el Real Decreto 88/2013 (Capítulo V, Art 16).
(3) Según se indica en el D 10/2014 publicado en el BOCM.
(4) Según se indica en el RD 513/2017 (Capítulo V, Art 22).
(5) Según se indica en el RD 1523/1999 (MI-IP 03) y posteriores actualizaciones.
(6) Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2.011, del Ayuntamiento de Madrid.
(7) Decreto 103/2016 de la Comunidad de Madrid por el que se regula el informe de evaluación de los edificios en la Comunidad de Madrid y se crea el Registro Integrado Único de Informes de Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid.
(8) Según se indica en el Real Decreto 355/20
Puedes consultar la fecha concreta establecida por el Ayuntamiento de Madrid para I.T.E. / I.E.E. PULSANDO AQUÍ donde, introduciendo la dirección, se facilitan las fechas límite para realizar dichas inspecciones.

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