El pasado día 29 de septiembre de 2022 se publicó en el BOE la Ley Crece y crea, Ley 18/2022 que modifica, entre otras, la Ley 56/2007 de medidas de impulso a la Sociedad de la Información, en concreto modifica el artículo 12 de esta Ley, siendo tras la modificación de este citado artículo 12, obligatoria la emisión de la factura electrónica en toda operación entre empresarios y profesionales.
Esto ha dado lugar a toda una serie de comentarios al respecto, ahora bien, es esencial para formar una opinión en derecho conocer la Disposición final octava de la aquí citada Ley 18/2022 que modifica el expuesto artículo 12, según la cual esta modificación que introduce la obligatoriedad de la factura electrónica no entrará en vigor hasta pasados dos años desde la publicación del Reglamento que desarrolle la expuesta Ley 18/2022; Reglamento que a fecha de hoy aún no ha sido aprobado, aunque es muy previsible que sea aprobado en lo que resta de ejercicio 2024, pero eso no deja de ser una suposición.
En definitiva, hasta que el Reglamento no se encuentre aprobado no comenzará a correr el plazo de dos años para la entrada en vigor de la obligatoriedad de la emisión de facturas electrónicas.

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